Requisitos para presentar Inconformidad Publicitaria por Consumidores
Requisitos para trámite de inconformidad publicitaria (Asociados y no Asociados a CONAR
A. Presentar la Inconformidad Publicitaria en las oficinas de CONAR (Calle Magdalena 434-401 Col. del Valle, CP 03100
o vía correo electrónico a conar@conar.org.mx) dirigiendo el escrito a la Dirección General o a la Dirección Jurídica
del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria.
Los documentos confidenciales o pruebas sólo se recibirán físicamente.
B. El Escrito de Inconformidad Publicitaria y los anexos no considerados como confidenciales que se presenten físicamente, deberán entregarse en original y dos copias además de entregar los documentos en versión .doc en memoria USB o disco compacto).
C. La Inconformidad se integrará de la siguiente manera:
1. Escrito de Inconformidad Publicitaria que deberá contener:
a) Los datos generales de la Parte Inconforme (Razón social, nombre del contacto, dirección, teléfonos y correo electrónico, así como los datos de facturación conforme a los requisitos fiscales establecidos).
b) Información del Responsable de la Publicidad (Razón social o nombre, dirección para notificaciones y cualquier otro dato adicional con el que se cuente).
c) Establecimiento del motivo de la Inconformidad Publicitaria especificando las frases, palabras, imágenes y/o sonidos con los cuales se pudieran transgredir el Código de ética Publicitaria y/o los Códigos Sectoriales. Cada hecho considerado como transgresión deberá relacionarse con el principio o principios que se estimen transgredidos.
d) De citar el Principio de Legalidad, deberán indicarse las regulaciones que se consideren contravenidas y los argumentos por los que se supone la transgresión.
e) Se recomienda incluir los precedentes que, en su caso, pudieran resultar relevantes.
f) Tipo de Sala de la Comisión de Análisis Publicitario en la que se solicite se revise el caso.
g) Solicitud de Audiencia o, en su caso, otorgamiento de facultades al Secretario para la presentación del caso.
h) Las pretensiones de la Parte Inconforme.
El escrito de Inconformidad Publicitaria se turnará íntegro al Responsable de la Publicidad por lo que no debe incluir Información Confidencial.
2. El testigo de la publicidad motivo de controversia debe enviarse o entregarse en el formato que corresponda y con los requisitos señalados:
a) COMERCIALES DE TELEVISIÓN Y/O RADIO
• Formato .mpg, .mov, .wav, .mp3.
• Indicar canal, horario y fecha en los que fue visto o escuchado.
b) ESPECTACULARES, PARABUSES Y PUBLICIDAD EXTERIOR
• Fotografía en formato .jpeg
• Informar la ubicación y la fecha en que fue visto.
c) PRENSA Y REVISTAS
• Fotografía o imagen digitalizada en formato .jpeg
• Informar nombre del periódico o revista, fecha de publicación y página.
d) ETIQUETADO
• Muestras del producto o productos.
3. Pruebas (en caso de que la Parte Inconforme considere su inclusión).
a) Relacionar de forma específica las partes del mensaje publicitario que se demuestran o descalifican con el sustento presentado.
b) Las pruebas sólo serán admitidas en español e inglés o en su traducción a estos idiomas.
c) Deberán indicar claramente su procedencia (quién las realiza, la fecha en que se llevaron a cabo y cualquier otro dato relevante).
d) Se deberá marcar claramente la Información Confidencial.
4. Comprobante de pago realizado a nombre del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria, CONAR A.C. en la cuenta 0448894507 de BBVA Bancomer, con CLABE Interbancaria 012180004488945073, o bien carta de fecha de promesa de pago.
Calle: Magdalena 434 oficina 401, Col. Del Valle
Ciudad de México, D.F, C.P. 03100
Teléfono: 90 00 30 51 al 53
Mail: conar@conar.org.mx